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¿CONOCES LAS ESPECIFICACIONES DE LA ORDEN HAP/1781/2013?

Tras la publicación de la citada Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, se pone de manifiesto la necesidad de enriquecer los datos financieros y presupuestarios con información adicional que permita apoyar la adopción de decisiones para la gestión. En esta línea, se incluye en la memoria de las cuentas anuales, la información de costes por actividades y se amplían los indicadores, financieros y de gestión que ya se elaboraban, para contribuir a mejorar la calidad de la información contable en el sector público local”

Ahora bien, ¿cómo deben quedar las Cuenta Anuales que tienen que rendir la entidad local y sus organismos autónomos?

Hasta ahora, cada entidad incluía en sus cuentas anuales:

El balance, la cuenta del resultado económico – patrimonial, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo, el estado de liquidación del presupuesto y la memoria.

A esto, tras la aplicación de esta nueva orden hay que incluir el Estado de cambios en el patrimonio neto y el Estado de flujos de efectivo

IMPORTANTE

En la Orden HAP/1781/2013 habla de neucas especificaciones y normas a tener en cuenta sobre los Gastos con Financiación Afectada:

El seguimiento y control de los proyectos de gasto se realizará a través del sistema de información contable y alcanzará, como mínimo, a todas las operaciones de gestión presupuestaria que les afecten durante su período de ejecución, se extienda éste a uno o a varios ejercicios

Un gasto con financiación afectada es cualquier proyecto de gasto que se financie, en todo o en parte, con recursos concretos que en caso de no realizarse el gasto no podrían percibirse o si se hubieran percibido deberían reintegrarse a los agentes que los aportaron. Dada su condición de proyectos de gasto, los gastos con financiación afectada estarán identificados por un código único e invariable a lo largo de su vida, determinado según lo establecido por la propia entidad local.

¿A QUÉ ENTIDADES APLICA ESTA NORMATIVA?

- MUNICIPIOS presupuesto > 3.000.000 €

- MUNICIPIOS presupuesto > 300.000 € y población > 5.000 habitantes

- ENTIDADES LOCALES presupuesto > 3.000.000 €

- Organismos autónomos dependientes de las entidades locales contempladas en apartados anteriores.

Erica Parras

Fuente: Nova Praxis Soluciones de negocio

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