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Los ciudadanos británicos han decidido en referéndum abandonar la Unión Europea con un 51,9% de votos a favor. No obstante, todavía transcurrirán muchos meses hasta que la decisión se materialice y las condiciones de la salida negociada del Reino Unido estén claras.

El procedimiento para abandonar la Unión Europea está recogido en el artículo 50 del Tratado de Lisboa y su activación comenzará con la petición formal de Reino Unido al Consejo Europeo (el órgano que reúne a los jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros) de salir de la UE. El Tratado no especifica cuándo debe hacerse esta petición y, tal y como ha sugerido el primer ministro británico, David Cameron, en su comparecencia tras conocerse el resultado, previsiblemente no tendrá lugar hasta que se forme un nuevo Gobierno a partir de octubre.

A partir de ese momento comenzará un proceso de negociación para determinar las condiciones de la salida, esto es, la forma de retirada y las condiciones futuras de relación entre Reino Unido y los Veintisete. El Tratado contempla un plazo de dos años (salvo que el Consejo decida ampliarlo) para llegar a un acuerdo, que requerirá de la aprobación del Parlamento Europeo por mayoría simple (375 o más diputados) y del Consejo Europeo por mayoría cualificada (voto a favor de 20 Estados miembros que representen, al menos, el 65% de la población Europea). Reino Unido no participará en la votación.

Los escenarios posibles son muy diversos. Las multinacionales con matrices en el Reino Unido tendrán que valorar si su actual estrategia de gestión de filiales en Europa necesita revisarse.

Imagen: Posibles escenarios tras el Bréxit 

  • Por KPMG
  • 27/06/2016