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A partir del día 1 de septiembre de 2023 se modificará la bonificación aplicable a los contratos de sustitución en caso de maternidad y paternidad, incentivo que se ha reducido considerablemente.

El Real decreto ley 1/2023 , ha modificado la bonificación aplicable a los contratos de sustitución en caso de maternidad y paternidad con efectos desde el próximo día 1 de septiembre de 2023. Destacamos lo siguiente;

Casos en que se aplica la bonificación de las personas que se contrate por sustitución:

  • Sustitución de un trabajador/a por nacimiento y cuidado de un menor (maternidad o paternidad)
  • Sustitución de una trabajadora que tenga suspendido su contrato por riesgo durante el embarazo o por riesgo durante la lactancia natural.

Bonificación:

  • Hasta el 31 de agosto: Los contratos de las personas que se contrate por sustitución no deben cotizar a la Seguridad Social.
  • A partir del 1 de septiembre:

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