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La Ley española otorga a los trabajadores 30 días naturales de vacaciones. No obstante, muchas veces existen dudas sobre el cálculo de las vacaciones de los empleados, por lo que a continuación detallaremos e intentaremos resolver de la forma más sencilla posible las dudas más frecuentes a este respecto. Veámoslas.

Vacaciones: ¿días naturales o días laborales?

El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 38, establece que el período de vacaciones anuales no podrá ser menor de 30 días naturales. No obstante, son muchos los convenios colectivos que recogen y dan cumplimiento a este precepto estableciendo un período de vacaciones de 22 días laborales. No hay de qué preocuparse: 22 días laborales, contando los fines de semanas, que son cuatro, son, en total, 30 días naturales.

En cualquier caso, lo más importante es tener claro que, en ningún supuesto, las vacaciones podrán ser inferiores a 30 días naturales, de forma que los convenios colectivos y los contratos laborales no podrán, en ningún caso, disminuir o recortar el período de vacaciones, si bien podrán conceder a los empleados unas vacaciones más largas.

Por otro lado, se ha de tener en cuenta que estos 30 días naturales son los correspondientes por cada 12 meses trabajados, de forma que para saber cuántos días de vacaciones se pueden disfrutar por cada mes trabajado basta con dividir los 30 días naturales entre los 12 meses que tiene un año. Así, por cada mes trabajado, al empleado le corresponden 2 días y medio naturales de vacaciones. Para los 22 días laborales de vacaciones anuales, por cada mes trabajado le corresponderían al empleado en cuestión 1,8 días laborales de vacaciones. Sin duda, este cálculo es importante, pues si un trabajador sólo ha prestado sus servicios durante siete meses, podría disfrutar de un período de vacaciones de 17 días y medio naturales.

¿Cuándo se inician las vacaciones?

Quizá lo más importante que se ha de tener en cuenta acerca del inicio del período vacacional sea que dichas vacaciones siempre han de comenzar en un día laborable. No obstante, a estos efectos, y a pesar de que la jornada laboral sea de lunes a viernes, los sábados no pierden su cualidad de día laborable, salvo que el convenio laboral o el contrato firmado con el empresario convengan lo contrario. Así, esto quiere decir que los sábados no podrán ser excluidos del cómputo de días laborales, por lo que las vacaciones podrán comenzar en sábado.

¿Qué ocurre con los trabajadores a tiempo parcial?

Es importante aclarar que los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a disfrutar del mismo período de vacaciones que los trabajadores a jornada completa. Teniendo esto en cuenta, las vacaciones serán calculadas de la misma forma que para los trabajadores a tiempo completo.

Esperamos haber resultado de utilidad, aunque hayamos obviado muchos matices en relación al cálculo de las vacaciones, por razones de sencillez. Lo cierto es que la gestión de personal no es una tarea sencilla y es una continua fuente de preocupación en relación con la gestión de las personas que trabajan en la empresa.

Para las empresas pequeñas y medianas, contar con un departamento de recursos humanos o con un director de recursos humanos supone un gasto que, en ocasiones, no pueden asumir. En estos casos, lo mejor es optar por la externalización del departamento de recursos humanos, aligerándose la estructura de la empresa y reduciendo entre el 15% y el 25% que supone tener un departamento de gestión de personal dentro de la empresa.

Fuente: Adelantta

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