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Se ha aprobado el Real Decreto 789/2022, de 27 de septiembre, por el que se regula la compatibilidad del Ingreso Mínimo Vital (IMV) con los ingresos procedentes de rentas del trabajo o de la actividad económica por cuenta propia con el fin de mejorar las oportunidades reales de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias de la prestación.

Le informamos que con entrada en vigor el 1 de enero de 2023, se ha desarrollado reglamentariamente la compatibilidad de la percepción del ingreso mínimo vital (IMV) con las rentas del trabajo o la actividad económica por cuenta propia de la persona beneficiaria individual o, en su caso, de uno o varios miembros de la unidad de convivencia, estableciendo las condiciones en las que la superación por esta causa de los límites de rentas fijados no supondrá la pérdida del derecho al IMV en el ejercicio siguiente.

Las personas beneficiarias individuales del IMV o personas integrantes de la unidad de convivencia a quienes se aplicará esta compatibilidad deberán reunir los siguientes requisitos:

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