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66 Municipios de las comarcas gerundenses tendrán limitado el número de viviendas de uso turístico que se permitan a cada población.

Según nos informe el Colegio de Agentes de la propiedad inmobiliaria de Girona, el DOGC del pasado día 8 de noviembre ha publicado el Decreto ley 3/2023, de 7 de noviembre, de medidas urgentes sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico.

Destacamos lo siguiente:


Pisos turísticos afectados:

Afecta a los pisos turísticos que quieran abrirse en municipios que sufren problemas en el acceso a la vivienda o bien que ya tienen más de 5 viviendas turísticas por cada 100 habitantes. En concreto, afecta a 66 municipios de las comarcas de Girona donde los ayuntamientos tendrán que modificar su planeamiento urbanístico para recoger expresamente la posibilidad de acoger pisos turísticos, justificando que tienen suficiente suelo para vivienda permanente y sin sobrepasar los 10 pisos turísticos por 100 habitantes.

Haciendo clic aquí puede acceder a la disposición que comentamos, en qué anexo constan todos los municipios catalanes afectados por orden alfabético. .

Limitaciones en los municipios afectados:

Los municipios afectados no podrán conceder nuevas licencias de pisos turísticos hasta que modifiquen su planeamiento.

Las nuevas licencias urbanísticas para viviendas de uso turístico tendrán una duración de cinco años renovables, y los propietarios de pisos turísticos existentes tendrán un margen también de cinco años para solicitarla.

Pisos turísticos existentes en los municipios afectados:

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