Consultoría & Consultores

En esta ocasión exponemos una pregunta que con mucha frecuencia nos preguntan quienes venden una unidad productiva de una asesoría.


Pregunta;

Nos podría indicar cómo se contabiliza y el efecto fiscal que tendría la venta de una unidad productiva de una asesoría constituida en SL.

Los mobiliarios y equipos informativos ya estaban totalmente amortizados, básicamente el valor más importante, diría el 100%, es por la cartera de clientes.

Contablemente, qué apuntes deberían realizarse, la operación no lleva IVA, pues se han acogido a la exención por venta de unidad productiva, y fiscalmente qué efecto tendría en el Impuesto de Sociedades de la SL.


Respuesta de nuestro equipo de expertos;

La venta de un despacho profesional vía unidad productiva supone normalmente la venta, además del fondo de comercio (cartera de clientes), de todos los elementos materiales e inmateriales afectos al negocio.

Por lo expuesto en la consulta, entendemos que la sociedad no tiene registrado en el activo ninguna partida de fondo de comercio o similar.

También entendemos que no existe un precio aplazado.

Esta operación tiene repercusiones fiscales y contables en cuanto al IVA y al Impuesto de Sociedades.

Vamos a comentar este último impuesto, puesto que ya se indica en la consulta que se han acogido a la exención del IVA.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

El apartado 3 del artículo 10 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (en adelante, LIS), establece que:

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