En esta ocasión exponemos una pregunta que con mucha frecuencia nos preguntan quienes venden una unidad productiva de una asesoría.
Nos podría indicar cómo se contabiliza y el efecto fiscal que tendría la venta de una unidad productiva de una asesoría constituida en SL.
Los mobiliarios y equipos informativos ya estaban totalmente amortizados, básicamente el valor más importante, diría el 100%, es por la cartera de clientes.
Contablemente, qué apuntes deberían realizarse, la operación no lleva IVA, pues se han acogido a la exención por venta de unidad productiva, y fiscalmente qué efecto tendría en el Impuesto de Sociedades de la SL.
La venta de un despacho profesional vía unidad productiva supone normalmente la venta, además del fondo de comercio (cartera de clientes), de todos los elementos materiales e inmateriales afectos al negocio.
Por lo expuesto en la consulta, entendemos que la sociedad no tiene registrado en el activo ninguna partida de fondo de comercio o similar.
También entendemos que no existe un precio aplazado.
Esta operación tiene repercusiones fiscales y contables en cuanto al IVA y al Impuesto de Sociedades.
Vamos a comentar este último impuesto, puesto que ya se indica en la consulta que se han acogido a la exención del IVA.
El apartado 3 del artículo 10 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (en adelante, LIS), establece que:
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