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El Tribunal Supremo ha avanzado en el tratamiento jurídico del abuso de la temporalidad en el empleo público. Una reciente sentencia plantea la posibilidad de que los trabajadores interinos afectados por una utilización abusiva de la contratación temporal puedan reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.

No obstante, esta resolución no supone que cualquier trabajador interino tenga automáticamente derecho a recibir una compensación económica. Cada situación debe estudiarse individualmente para determinar si realmente se ha producido un abuso de la temporalidad y, en su caso, qué perjuicios concretos ha ocasionado.


¿Cuándo existe abuso de temporalidad en los trabajadores interinos?

La jurisprudencia ha ido perfilando los criterios que deben tenerse en cuenta para determinar cuándo una relación temporal puede considerarse abusiva. El hecho de haber trabajado durante muchos años como interino no es suficiente, por sí solo, para acreditar esta situación.

Es necesario examinar las circunstancias específicas de cada relación laboral o de servicio, entre ellas su duración, las características de la plaza ocupada, las funciones desempeñadas y la utilización de sucesivos nombramientos temporales para atender necesidades que, en la práctica, puedan tener carácter permanente o estructural.

Cuando se acredita una situación de temporalidad abusiva, la persona afectada puede plantear una reclamación por los daños materiales o morales que pueda demostrar. Por tanto, la posible indemnización no se calcula únicamente en función del número de años trabajados como interino, sino que está vinculada a la existencia de un perjuicio real y acreditable.


¿Qué supone esta situación para los trabajadores interinos?

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