La Ley de sociedades de capital regula la aplicación del resultado al final de cada ejercicio, estableciendo una serie de límites y condiciones para realizar el reparto de dividendos. La decisión de si van a repartir o no dividendos corresponde a la junta general.
La distribución de dividendos y acciones es siempre un tema conflictivo entre socios.
En este artículo analizaremos cómo se regula este aspecto y cuáles son las circunstancias más problemáticas en la práctica.
Artículos 273 y siguientes de la Ley de sociedades de capital (LSC) . La decisión de si van a repartir o no dividendos corresponde a la junta general.
Aunque hubiera beneficios en el ejercicio del año en curso, no podrán repartirse si existieran pérdidas de ejercicios anteriores que produjeran que el valor del patrimonio neto de la sociedad fuera inferior al volumen del capital social. En este caso, deben destinarse los beneficios del año a compensar las pérdidas pasadas.
Al menos un 10% del beneficio del ejercicio deberá destinarse a reserva legal hasta que ésta llegue, al menos, al 20% del capital social.
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