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Las normas internacionales de Información Financiera (NIIF), también conocidas por sus siglas en inglés como IFRS (International Financial Reporting Standards), son estándares técnicos contables adoptadas por el IASB, institución privada con sede en Londres.

Las NIIF son un marco normativo cuyo objetivo es presentar la información financiera bajo las mejores prácticas internacionales, de forma estandarizada y con mayor transparencia, lo que facilita el análisis y la toma de decisiones por parte de las entidades que las adoptan.

La normativa NIIF 16, emitida en enero de 2016, se aplica a los períodos de presentación de informes anuales comenzando en o después del 1 de enero de 2019, cambiará en gran medida el modelo contable que actualmente aplican los arrendatarios.

Hasta ahora, había un modelo de contabilidad dual para arrendatarios que distinguía los arrendamientos financieros, que eran reconocidos en balance y los arrendamientos operativos que eran reconocidos como operaciones “fuera de balance”.

Con la NIIF 16 (IFRS16) desaparecen los dos conceptos, ya no hay una distinción entre arrendamientos financieros y operativos, prácticamente todos los arrendamientos seguirán un mismo modelo que conllevará el reconocimiento para cada bien arrendado de un activo y de un pasivo.

Esto hace que se incremente el tamaño del balance con nuevos activo pero también aumentará su endeudamiento. El gasto total por arrendamiento se reconocerá por anticipado aun cuando las rentas en efectivo son constantes

Con la NIIF 16 los arrendamientos operativos a los que no se les aplique la excepción de contratos de corto plazo o bienes de bajo importe aflorarán en balance, por lo que los estados financieros serán, en gran medida, distintos a lo que conocemos actualmente. Por lo que hay que tener en cuenta que esta normativa es importante para la consolidación de estados financieros.

La nueva norma entra en vigor en enero de 2019. Antes de esa fecha, las empresas deberían analizar sus contratos de arrendamientos y efectuar nuevas estimaciones que deberán ser objeto de actualización periódica

Bienes arrendados afectados

    -Arrendamientos inmobiliarios: locales comerciales, almacenes, naves industriales, terrenos, etc.

    -Arrendamientos de maquinaria, bienes de equipo, etc.

    -Arrendamientos de vehículos, elementos transporte, etc. Arrendamientos de otros bienes.

Excepción voluntaria: contratos de plazo inferior a un año (considerando la definición de “plazo de arrendamiento” de la NIIF 16) o de bienes cuyo valor nuevo sea inferior a 5.000 USD.

Categoria

Financieros

Fuente: Nova Praxis Soluciones de negocio

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