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Con el objetivo de prevenir delitos como evasión de impuestos, fraude fiscal y blanqueo de capitales, la Agencia Tributaria lleva a cabo controles rigurosos sobre las operaciones bancarias, especialmente las transferencias, estableciendo límites máximos establecidos por ley que requieren informar al respecto .

Destacamos:

Transferencias de importe superior a los 6.000 euros:

Las entidades bancarias están obligadas a notificar cualquier transferencia que exceda de 6.000 euros.

Transferencias de importe superior a los 10.000 euros:

Si la cantidad transferida detectada supera los 10.000 euros, Hacienda puede iniciar automáticamente una investigación. Además, el beneficiario de esta transferencia está obligado a justificarla en la próxima Declaración de Renta.

Tanto la persona que ordena una transferencia de al menos 10.000 euros como el destinatario deben declarar este movimiento, ya que de lo contrario podrían enfrentarse a multas que oscilan entre el 2% y el 25% del importe transferido, por no informar al Agencia Tributaria sobre la operación.

Operaciones de importe superior a los 3.000 euros y operaciones con billetes de 500 euros:

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