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Tras la evolución de la pandemia por el virus SARS-CoV-2 se plantean ciertos retos respecto a su gestión futura en función de las variantes de la enfermedad COVID-19 y del nivel de vacunación de la sociedad.

Uno de los retos será la forma de gestionar el pasaporte COVID digital.

En la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1073 de la Comisión de 28 de junio de 2021 por la que se establecen especificaciones técnicas y normas relativas a la aplicación del marco de confianza para el certificado COVID digital de la UE (disponible en la URL: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:32021D1073 ) se recoge en el Anexo 4 el período de validez recomendado de los certificados electrónicos DSC expedidos a las autoridades sanitarias y el tiempo (más corto) en el que se recomienda el empleo de la clave privada asociada, de forma que la validez del certificado COVID esté siempre dentro del margen del período de validez del certificado electrónico.

Dentro del anexo citado, el apartado «4.2. Autoridades de certificación, períodos de validez y renovación» indica:

(…) Se recomiendan los siguientes períodos de validez, dado que la validez de los certificados COVID digitales es de un año:

(…)

— DSC: 2 años

(…) Para una renovación oportuna, se recomiendan los siguientes períodos de uso de las claves privadas:

— DSC: 6 meses

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