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En el BOE del día 21 de diciembre, se ha publicado la Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre , por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, que mantiene la estructura de la Orden de módulos para 2023.

Destacamos lo siguiente:



Método de estimación objetiva del IRPF :

Módulos sin cambios: Se mantienen para el ejercicio 2024 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación aplicables en 2023.

Se rebaja del 10% al 5% la reducción general del rendimiento neto : El porcentaje de reducción general del rendimiento neto de módulos será del 5% (10% en 2023) para todos los contribuyentes que lo determinen por el método de estimación objetiva en 2024 (tanto para actividades agrícolas, ganaderas y forestales como para el resto de actividades) y se señala, asimismo, que esta reducción se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos de los pagos fraccionados.

Se mantiene la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en determinadas actividades agrícolas :

  • Uva de mesa (0,32).
  • Flores y plantas ornamentales (0,32)
  • Tabaco (0,26).

Se mantienen las medidas excepcionales que permiten reducir el rendimiento neto previo de las actividades agrícolas y ganaderas:

  • 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola necesario para el desarrollo de estas actividades, debidamente documentado en las facturas expedidas con motivo de esa adquisición.
  • 15% del precio de adquisición de los fertilizantes necesarios para el desarrollo de estas actividades, debidamente documentado en las facturas expedidas con motivo de esa adquisición.

Las adquisiciones deben efectuarse en el ejercicio 2024, documentadas en facturas emitidas en este período.

Régimen simplificado del IVA :

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