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En el BOE del 28 de diciembre de 2023, se publicó el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, que incluye una serie de novedades laborales.

Entre ellas, destacan, la revalorización de pensiones, la prórroga del SMI que se estableció en 2023, bases de cotización y MEI para 2024, jubilación parcial en la industria manufacturera, prácticas formativas o prácticas académicas externas o la prohibición de despedir por incremento de costes energéticos o por causas relacionadas con la invasión de Ucrania, que se extiende hasta el 30 de junio de 2024.



Revalorización de las pensiones

  • Pensiones mínimas, no contributivas e ingreso mínimo vital: 6,9%
  • Pensiones de viudedad con cargas familiares: 14,1%
  • Resto de pensiones: 3,8%
  • Límite máximo para la percepción de pensiones públicas: 3.175,04 euros mensuales o 44.450,56 euros anuales.
  • Complemento de pensiones contributivas y de las pensiones del régimen de clases pasivas del Estado para la reducción de brecha de género: 33,20 € mensuales,
  • Importe de las pensiones SOVI:
    • Cuando no concurran con otras pensiones públicas: 7.399 € anuales.
    • Cuando concurran con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes de la Seguridad Social: 7.182 € anuales.
  • Importe de las pensiones no contributivas del sistema de Seguridad Social de invalidez y jubilación: 7.250,60 euros anuales.
  • Prestaciones familiares no contributivas, así como subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte: 3,8%.

Cotización de las prácticas formativas o prácticas académicas externas

  • Personas que ya estén dentro del sistema de Seguridad Social: No se deberá tramitar el alta en Seguridad Social ni cotizar en el caso de personas que ya estén en situación de alta o asimilada al alta por otra actividad, o sean pensionistas de jubilación o incapacidad permanente.
  • Prácticas remuneradas: Se aplicarán las cuotas mensuales por contingencias comunes y profesionales de contratos de formación en alternancia.
  • Prácticas no remuneradas: La cotización será una cuota empresarial diaria de 2,54 € por contingencias comunes y 0,31 € por contingencias profesionales, con límites mensuales de 57,87 € y 7,03 € respectivamente. Ambos casos tienen una reducción del 95% en las cuotas por contingencias comunes.
  • Temporalidad y plazos:
    • Estas reglas solo serán aplicables desde el 1 de enero de 2024 a las prácticas iniciadas y no concluidas antes de esa fecha.
    • Las entidades responsables de comunicar las altas y bajas en el caso de prácticas formativas no remuneradas dispondrán de un plazo ampliado para hacerlo hasta el 31 de marzo de 2024, respecto de las prácticas que se realicen entre el 1 de enero y el 20 de marzo de 2024.

Bonificación de los contratos de duración determinada suscritos para la sustitución de trabajadores

Los incentivos se aplicarán aunque finalice un contrato temporal de sustitución de trabajadora en situación de incapacidad temporal por riesgo durante el embarazo y se suscriba otro contrato cuando el sustituto y sustituida coincidan con las del primer o anterior contrato de sustitución.

Salario mínimo interprofesional (SMI)

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Organización